Pienso que el instructor del caso Iruña Veleia se lía con el IRPF… cuando señala en su informe una posible estafa de LURMEN por 874,50 euros, que en realidad no existe…


En este post intento explicar de donde viene la falsa acusación de estafa, visto que puede haber lectores interesados en el asunto. Por cierto los cálculos aportados y la argumentación es mía y no la de LURMEN. Los números vienen del informe final de la Ertzaintza complementado con algún calculo mío. Es técnico y va al grano.
 

Cerdán envió una primera factura a LURMEN después de su primer informe, y una segunda factura después de su segundo informe. LURMEN pagó las facturas, y emitió para cada factura Cerdán, una factura LURMEN a la DFA como era acordado, donde la cantidad corresponde exactamente a lo que fue pagado a Cerdán. LURMEN tiene las pruebas en la mano que ha sido así. Las he visto.

¿Primero, qué es estafa?

Delito consistente en provocar un perjuicio patrimonial a alguien mediante engaño y con ánimo de lucro. En España una estafa como delito pide que se trata de un beneficio indebido de más de 500
euros. Estafa siempre implica ganancias.

Otras graves acusaciones contra los responsables de LURMEN en el informe final del caso Veleia de la Ertzaintza:

Conclusiones del informe final de la Ertzaintza del Caso Veleia, filtradas a diferentes medios de comunicación el 4/11/2015

«pudiendo existir un beneficio por parte de LURMEN de al menos 874,50 euros en la gestión de una de las facturas [de Cerdán] sin descartarse que pudiera existir un posterior reparto del montante total de la subvención de la DFA entre Rubén Cerdán y Eliseo Gil y Idoia Filloy», afirma el informe final de la Ertzaintza en sus ‘Conclusiones’.

¿Hay o no hay un beneficio para LURMEN? Personalmente me parece muy flojo que ante tales afirmaciones no se investiga hasta el hueso si efectivamente LURMEN se lo ha llevado en el bolsillo o lo ha pagado a la Hacienda foral en concepto de IRPF. Una simple llamada al contable de LURMEN habría bastado para verificarlo y aclarar el tema, o sino una consulta a hacienda. Se acusa, se insinúa pero no se hacen los deberes.
Muy probablemente el instructor se ha liado con la factura entre profesionales.

Facturas entre profesionales

El problema de base es que la segunda factura Cerdán tiene un importe de exactamente 874,50 euros menos de lo que LURMEN ha facturado. A primera vista efectivamente un lucro ilegal o estafa.
Pero la segunda factura Cerdán es de otro tipo, es una ‘factura entre profesionales’, la primera aparentemente no, entonces allí no podría haber problemas de interpretación.

La legislación sobre facturas obliga a autónomos que facturan a otros autónomos o a empresas o entidades, de introducir el concepto de IRPF, lo que nunca aparece en una factura normal.

Para no perdernos en teorías voy intentar explicarlo con un escenario, para así aclarar lo que ha pasado.
Asumo el papel de Cerdán.  

Yo (Cerdán 😉 ) facturo por mi segundo informe 5830 euros a LURMEN, entonces en mi factura como profesional aparece:

IMPORTE:………………. 5830,00 €
+ IVA (16%):……………..+932.80 €
– IRPF(15%): …………….-874,50 €
TOTAL A PAGAR: ——5888,30 €

LURMEN me paga a mí los 5888,30 € y ingresa en mi nombre en concepto de IRPF 874,50 euros en la cuenta de Hacienda de Álava. Al final de año LURMEN me mandará un llamado certificado llamado 10T donde declara cuánto IRPF ha ingresado. A la hora de hacer mi declaración de la renta, hacienda ya sabe que se han pagado por mis ‘servicios’ los impuestos sobre los 5830 euros. Así funciona el sistema con factura entre profesionales. LURMEN ha pagado entonces 5888,30 + 874,50 = 6762.80 euros a mi. Yo (Cerdán 😉 ) A la vez yo tengo que ingresar el IVA a su vez a hacienda (llamada liquidación del IVA).

LURMEN a su vez hace una factura ‘normal’ [como acostumbramos ver todos los días] como empresa a la DIPUTACIÓN donde aparece:

IMPORTE:………………. 5830,00 €
+ IVA (16%):……………..+932.80 €
TOTAL A PAGAR: ——6762.80 euros

Entonces vemos que LURMEN no ha ganado ni un céntimo, y que es imposible que le acuse de estafa (no hay ganancias)

Me imagino que el instructor ha controlado las dos facturas y ha sacado la conclusión que había una sobrecarga de 874,50 euros a Diputación por parte de LURMEN… y aparentemente no ha entendido que este dinero está ingresado por parte de LURMEN en Hacienda en concepto de IRPF, lo que es el caso. Él lo podría haber lo comprobado fácilmente, y haber zanjado el tema, pero lo convierte en una grave acusación, lo que no me parece admisible…

Las fantasías sobre el quizás reparto del botín posterior… mmm no sé, poner esto en las conclusiones… mmm … no lo sé.Sin indicios o pruebas, yo no lo pondría en mis conclusiones.