Artículo de opinión de Gontzal Fontaneda 

Así se resumen las dos sentencias de Iruña-Veleia, la del juicio y la del recurso que presentó Eliseo Gil. Aunque ambas lo condenan, basta leerlas para ver que no hay ninguna prueba fehaciente ni de falsificación ni de falsificador. (Las citas pueden verse en los cuadros y en la bibliografía de https://www.veleia.fontaneda.net)

Las sentencias basan la falsificación en un informe del IPCE (Instituto del Patrimonio Cultural de España). Estudia 36 piezas de cerámica, analizando solamente la superficie (cuadro 7), donde puede haber de todo: cerámica, costra, grafito, rastros de todas las contaminaciones, las del enterramiento, las de las labores de la extracción, las de la limpieza y las de al menos siete entidades que han tenido algunas piezas en sus manos.

Además, dicho informe no es fiable. Por ejemplo, califica el grafito de la pieza 15920 (cuadro 7) como «grafito contemporáneo» (o sea, falso) porque hay «partículas de acero inoxidable en el trazado del texto»; pero confiesa que «es posible que las partículas de acero hayan sido introducidas durante el proceso de limpieza», y propone esta investigación adicional (cuadro 10), «dadas las incertidumbres que presenta la pieza, puede ser de interés proceder a la retirada controlada de las costras para verificar de forma inequívoca la presencia o ausencia de texto bajo la misma».

Es decir, tiene «incertidumbres», «es posible» que no sea como decía, pero no modifica la calificación y

sigue pontificando que el grafito es «contemporáneo». ¡Este informe es la base!

Basándose en la falsificación inventada por ese informe, las sentencias condenan a Eliseo Gil, ya públicamente «condenado» durante doce años. Pero basta leer la sentencia del juicio para comprender que no hay falsificador: la sentencia declara (cuadro 11) que «no ha resultado probado suficientemente que él mismo (Eliseo Gil) hubiera realizado de propia mano los grafitos». Puesto que no ha sido «probado suficientemente», no los ha falsificado Eliseo Gil.

Después (cuadro 11) pretende dar el argumento estrella: «el citado acusado es el sujeto de la propia acción, aun cuando no haya realizado los grafitos por propia mano». Al no haberlo hecho él mismo porque «no ha resultado probado», habrá que inventarse unos cómplices; «inventar», porque no ha encontrado ninguno: afirma y lo repite diez veces que Eliseo Gil realizó los grafitos «bien por sí o bien por medio de terceras personas».

Pero nunca identifica a esas «terceras personas», y eso que han tenido doce años para identificarlas y procesarlas. Sencillamente, no tienen nombre y apellido, esas «terceras personas» no existen. Las dos sentencias en realidad lo que prueban es que nadie, ni Eliseo Gil ni ninguna otra persona, han falsificado los grafitos.

Eliseo Gil defiende su dignidad y su inocencia, y se propone presentar un nuevo recurso. Si se lo admitieran, podrían por fin leer bien las sentencias anteriores.

Hasta ahora ya se han perdido doce años en el proceso. Sin embargo, el único modo de dirimir este asunto es la Ciencia, practicando los análisis específicos con el fin de averiguar cuándo han sido grabados esos grafitos, y poniendo en marcha una excavación controlada para ver si aparecen más grafitos o no. Así de sencillo sería «saber la verdad»; pero la Audiencia, el Juzgado, la Diputación, el Gobierno, la Universidad llevan estos doce años negándose a ello, y los defensores de la ciencia y de la cultura vasca (Euskaltzaindia, Aranzadi, Eusko Ikaskuntza, Jakiunde) mirando para otro lado.

¡Pobre Euskal Herria!