Bihar, Otsailak 1, arratsaldeko 19:00etan, Mutrikuko Gaztetxean, Iruña-Veleiari buruzko hitzaldia emango dut euskeraz. Polemikaren historioaz eta oraingo egoeraz mintzatuko naiz, aukeratutako grafito batzuek gordetzen duten altxor historikoa eta filologikoa erakusteaz gain.
Ongi etorriak izango zarete.
Alicia Satué.
Ama Ata es un blog referente a lingüística, arqueología, genética, epigrafía... con contenido especial de artículos y noticias sobre los hallazgos en el yacimiento arqueológico de la ciudad romana de Iruña Veleia en Álava, España.
31 enero 2018
25 enero 2018
Las armas de la filología de Prof. Gorrochategui: Iluna
Nos ha llegado un artículo sobre una inscripción ibera en piedra arenisca (Piedra de Cruzy) del precioso yacimiento del Oppidum de Ensérune (Francia cerca de Narbonne). Esta ciudad ibera es el equivalente francés de Ullastret en Gerona, y sus historias son muy relacionadas con las colonias griegas.
Moncunill, Noemí, Joan Ferrer i Jane, and Joaquín Gorrochategui.
"Nueva lectura de la inscripción ibérica sobre piedra conservada en el Museo de Cruzy (Hérault)."
Veleia 33 (2016): 259-274.
Evidentemente no está en nuestro camino opinar sobre el tratamiento de esta inscripción.
No obstante hay algo en el artículo que es llamativo. En el tratamiento de la palabra 'ilunate' se hacen unas extrañas piruetas:
Moncunill, Noemí, Joan Ferrer i Jane, and Joaquín Gorrochategui.
"Nueva lectura de la inscripción ibérica sobre piedra conservada en el Museo de Cruzy (Hérault)."
Veleia 33 (2016): 259-274.
Resumen
Presentamos una nueva edición de la inscripción ibérica sobre piedra hallada en los alrededores de Ensérune y conservada en el Museo de Cruzy (Hérault, Francia). La nueva propuesta de lectura, resultado de autopsia de la pieza, obliga a reconsiderar el análisis de la onomástica contenida en el texto, abriendo varias vías de interpretación.
Según los autores del artículo esta inscripción debe ser leído como:
ilunate
neitiniunstir : kule
śare : aḿkideibase
neitiniunstir : kule
śare : aḿkideibase
Evidentemente no está en nuestro camino opinar sobre el tratamiento de esta inscripción.
No obstante hay algo en el artículo que es llamativo. En el tratamiento de la palabra 'ilunate' se hacen unas extrañas piruetas:
"La identificación de ilun y del morfo te aislaría un elemento final a que no obstante no es un elemento característico de la antroponimia ibérica, ni como segundo formante ni como elemento de enlace entre la raíz y el sufijo. La existencia de un morfo a podría deducirse de su uso asociado al antropónimo balkeśiŕ en el plomo en escritura ibérica suroriental de La Carencia (Velaza 2013) con la presumible función de marcar al destinatario o propietario de la carta, ya que aparece como texto único en el exterior visible de la lámina de plomo plegada. No obstante, podría tratarse de una forma local del morfo -ar presente también en la misma posición en el plomo de Alcoi (G.1.1): sakarisker-ar-nai. En cambio, con más claridad puede presumirse la existencia de un
morfo a en el elemento baneia (G.7.5, A), en el que Ferrer i Jané (2006, anexo 3) identifica un morfo ei característico de posibles antropónimos formados con base numeral, ban en este caso, como quizás biei (F.20.1) y sorsei (C.1.8), y que permitiría aislar un morfo a que en el texto del plomo G.7.5 estaría coordinando dos segmentos consecutivos: teia · baneia (Moncunill 2007, 108 y 302). El morfo -a también ha sido propuesto como formante característico de topónimos por Faria (2008, 87), aunque ninguno de los casos indicados presenta una segmentación especialmente clara: bersa, EGARA, śigaŕa, etc.
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Piedra de Cruzy
18 enero 2018
¿No es un atentado contra la inteligencia humana acusar a un director de un yacimiento romano de escribir DESCART?
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Diario Gara 19/1/2018, versión papel |
SOS Iruña-Veleia ante la decisión de la Audiencia de Álava de dar paso al juicio oral en el asunto de Iruña-Veleia
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El auto de la Jueza de Instrucción resalta "Descart" (1) |
De cualquier forma, consideramos que existían razones más que suficientes
para el archivo del caso. De hecho, creemos que jamás se debió llegar a esta
situación por los motivos que tratamos de resumir a continuación:
1.- Inexplicablemente, los grafitos en
cuestión han estado en manos de la parte querellante, la Diputación Foral de
Álava, durante estos largos años. La querella principal contra los miembros de
Lurmen es de marzo de 2009, y era ese el momento en el que se debían haber
precintado las piezas y depositado en sede judicial. No se hizo así. Las piezas
han permanecido en el Bibat, y desconocemos cuándo fueron precintadas; no desde
luego en la fecha de la aceptación de la querella. Sabemos sin ningún tipo de
duda, pues existen varios testimonios que lo certifican, que un equipo de
grafólogos tuvo acceso físico a las piezas a finales de 2009 y principios de
2010. Seguramente otras muchas manos accedieron a ellas. La entonces Diputada
de Cultura Lorena López de Lacalle declaraba lo siguiente el 16 de noviembre de
2010: “[las piezas]
están en los archivos que tenemos allí [Bibat], hay un protocolo especial para
quien vaya a visitarlas, hay que dar el nombre y todo” (Acta del
Parlamento Vasco). Está claro que no
estaban precintadas.
Es por lo tanto evidente que se ha roto
la cadena de custodia de las piezas en litigio; mejor dicho, no ha existido tal
custodia, lo cual conllevaría automáticamente en cualquier proceso judicial
justo el sobreseimiento del caso.
2.- ¿Cómo se puede juzgar a alguien por
falsificador, cuando no está probado que exista falsificación? Es cierto que
existen seis informes de la parte querellante (DFA) que inciden en ese sentido,
pero no es menos cierto que existen otros veinte presentados por Lurmen que apuntan en sentido contrario. Invitamos a
todo el mundo a que se lea los informes de ambos lados y a que saque sus propias conclusiones.
Nosotros opinamos que no tienen comparación, y que los argumentos en favor de
la falsificación han sido ampliamente rebatidos. Nos parece muy significativo
que los autores de los informes de la Comisión no se hayan expresado
públicamente defendiendo sus argumentos o rebatiendo los de la parte contraria
desde 2009. Por otro lado, quién en su sano juicio puede imaginarse que una
persona con la formación académica de Eliseo Gil pueda confundirse escribiendo
DESCARTES en una cerámica, pretendiendo hacerla pasar por romana?
13 enero 2018
El recurso del auto de apertura: una pequeña victoria para Eliseo Gil
Después de 4 días estudiar el auto de 9/1/2018 de la Audiencia Provincial como respuesta al recurso del auto de apertura de juicio oral (ver post La verdad oficial), creo que he entendido la mayoría de sus implicaciones.
Se va abrir juicio oral, pero ya algunos temas se están solucionando para Eliseo y Oscar.
La acusación principal, la más grave, la de estafa agravada ha desaparecido del panorama
En el razonamiento jurídico podemos destacar 3 elementos: la petición de nulidad por indefensa y falta de cadena de custodia, daño patrimonial, y estafa.
Parte de la indefensa es rechazada, otra parte más en concreto las actuaciones en el inicio del caso en las instalaciones de LURMEN y la falta de cadena de custodia son dirigido al juicio oral - la Audiencia Provincial admite que tienen que ser tratados en profundidad.
Los daños patrimoniales son de dos tipos:
- la destrucción de dos piezas banales de cerámica (desde el sentido común una absoluta actuación banal, que de ninguna manera se puede calificar como destrucción patrimonial, pero como cada piedra de un yacimiento está protegida se convierte en crimen, en teoría...)
- la supuesta falsificación de los 'hallazgos' cuyo falsedad se basa en el informe Navarro y la no-trazibilidad en el informe ESCRBC (Escuela de Restauración de Madrid) (su validez será el gran debate del juicio oral, se puede intuir).
La estafa ordinaria: los informes de Cerdán - supuestamente basado en analíticas no existentes (puede tratarse de un estafa del autor hacia LURMEN). Esto va a juicio oral.
La estafa agravada: aprovecho económico de la falsificación - la acusación principal. La Audiencia afirma que hay insuficientes pruebas de este crimen y archiva temporalmente esta cualificación (si en el juicio oral apareciesen pruebas de lo contrario se podía volver a ella - pero en principio queda fuera del juicio oral). Esto es un importante revés para la querella, su acusación principal desaparece.
02 enero 2018
Una epifanía veleyense
Después de tomar varias copas de licor con ajenjo he vivido una verdadera epifanía, oía voces muy claramente. Entendí que eran de diferentes momentos en el tiempo. Me quedaron grabas:
PRIMERA CONVERSACIÓN
- Pues hemos decidido de convocar una comisión científica. Este circo tiene que terminar. Ella va a ser presidenta y él el secretario. Lo queremos guardar dentro de casa para decirlo de alguna manera. Así tenemos más margen de maniobra, si me entendéis, y si resulta que no son válidos nos facilitamos la vida.
- Pero esto no podemos hacer. Si luego le toca a Julio, van a decir que...
- Claro en este hemos pensado. Se pueden consultar expertos externos.
- Ah vale. Bien pensado.
- ¿Pero tenemos suficientes expertos "en casa"?
- ¿Para arqueometría? Yo no veo a nadie.
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